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| Aipet > Código Ético
y Deontológico |
| Preámbulo |
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El ejercicio del Periodismo, como actividad que
incide en la Sociedad en forma relevante, debe someterse a unos
Principios Éticos y Deontológicos. Así ha sido
en el pasado y continúa siendo en el momento presente. Más
de medio centenar de países cuentan con códigos deontológicos
nacionales, a los que se suman los elaborados en organizaciones
de ámbito supranacional. Desde hace seis décadas se
han sucedido estos códigos. Y es que la ética profesional,
es sobre todo importante en la medida en que proporciona unas directrices
que pueden orientar al individuo en las decisiones que toma, cuando
se enfrenta, en su situación profesional. con dilemas o situaciones
varias. Se trata, por tanto, de encontrar el justo equilibrio entre
la libertad y la responsabilidad. En nuestro país, ha llegado
el momento de fijar estos principios en un código de
honor. también en el caso de los periodistas especializados
y técnicos. Sin entrar en las razones y presiones, ejercidas
tanto por la clase política como de la propia Sociedad. que
han impuesto ahora esta necesidad. los profesionales, las empresas
y las organizaciones internacionales han elaborado ya varios códigos
de aplicación en nuestro país. La AIPET como Asociación
representativa de los Periodistas Especializados y Técnicos,
ha elaborado los estándares de ejercicio del Periodismo especializado
y técnico, en lo que se refiere a los principios éticos
y de deontología profesional.
Conviene considerar, en la aplicación de estos principios
éticos, que tanto o más que los profesionales de la
información, son las empresas para las que trabajan, cuyas
instrucciones plantean a menudo casos de conciencia a aquellos,
quienes necesitan un nivel de ética elevado, de ahí
la importancia de que se democraticen las relaciones entre empresas
y profesionales. En este sentido, la ética profesional se
expresa por la firmeza moral con la cual un periodista se alza contra
diversos intereses y presiones cuando le ordenan que cambie lo que
él sabe que es cierto o que renuncie a la publicación
de la verdad.
En la confusa situación actual de la profesión en
España, determinados intereses económicos y personales
son, en ocasiones. puestos por encima del servicio al público.
incluso por algunos periodistas, establecidos como auténticas
empresas y núcleos de presión que ponen al servicio
de sus fines tanto a sus medios de comunicación como a los
profesionales que trabajan a su servicio, que no bajo su dirección.
Ante esta situación, aunque sólo representara la excepción,
la recuperación de unos principios éticos y deontológicos
se revela como esencial.
Es bien sabido que, para la asunción de un compromiso o el
cumplimiento de objetivos, es condición indispensable que
quien ha de llevarlos a cabo, participe en su definición
y los haga suyos. De ahí la necesidad de que nuestro código
deontológico haya sido redactado no sólo para los
periodistas, sino también por los periodistas. En caso contrario,
poco o nada cabe esperar del mismo, pues no será asumido
como propio por los profesionales y, por tanto, no se cumplirá.
Este argumento se apoya en el proyecto de código de honor,
elaborado por la Subcomisión para la Libertad de Información
y Prensa de Naciones Unidas (ONU), entre 1950 y 1952, que sigue
siendo plenamente válido: "...son los intereses profesionales
y no los Gobiernos quienes deben procurar que se cumplan los principios
éticos enunciados, y que no se deba interpretar ninguna disposición
de dicho texto en el sentido de que justifique una intervención
de los poderes públicos". Esta es la primera. y doble,
consideración a tener en cuenta.
La segunda gran cuestión es quienes son periodistas
y, por tanto, donde están los destinatarios (y los
artífices) de este código. En España existen
alrededor de 4.000 Periodistas Especializados y Técnicos,
que trabajan en su mayoría en más de un millar de
revistas y publicaciones especializadas y técnicas (también
denominadas profesionales), además de en los medios de información
general y en el resto de la industria de la Comunicación.
El Capítulo Español de la Asociación Iberoamericana
de Periodistas Especializados y Técnicos (AIPET), que cuenta
con medio millar de periodistas miembros ha constatado que la edad
media de estos profesionales está situada entre los 25 y
los 40 años, que el 73% son hombres, que dos tercios tienen
cinco o más años de experiencia profesional, siendo
licenciados en Ciencias de la Información el 22%, en Letras
el 24%, en Ciencias el 12%, Ingenieros el 20% y que el resto no
cuentan con formación universitaria (22%). Estos son los
profesionales que hoy, como ayer, conforman el Periodismo Especializado
y Técnico. Es quizá en este segmento del Periodismo
donde el viejo debate sobre la obligatoriedad de una titulación
específica para su ejercicio tiene menos sentido.
El tercer preámbulo a considerar es el especial ámbito
de actuación del Periodista Especializado y Técnico.
El mundo del Periodismo presenta una realidad heterogénea
y compleja. Tan periodistas son los que desarrollan su actividad
profesional en un medio como los que lo hacen en otro, ya fuese
escrito o audiovisual, desde los medios o desde las empresas de
Comunicación, siempre que dediquen sus esfuerzos al ejercicio
del Periodismo, como actividad profesional. No obstante, el Periodismo
Especializado y Técnico presenta peculiaridades que deben
ser tenidas muy en cuenta, a la hora de establecer pautas de conducta
en esta modalidad periodística. Por ello, conviene considerar
que, en tanto en los medios de información general el periodista
está obligado a ofrecer información dirigida a un
lector de amplio espectro, con lo que una valoración cobra
a veces mayor relevancia que el dato preciso, en la información
especializada y técnica el periodista debe dar información
de datos, hechos, servicios y productos concretos, además
de valoraciones generales. En este entorno, el generalismo (considerado
un valor añadido en el periodista de información general)
deja de ser un mérito, para convertirse incluso en una rémora.
En la Prensa profesional, denominación que engloba buena
parte de la especializada y técnica, el lector (generalmente
habitual, en su calidad de suscriptor) demanda datos precisos acerca
de su actividad. Así, noticias que en un medio de información
general podrían conceptuarse casi como publicidad, responden
en estos soportes a las necesidades que el lector demanda. Idéntica
conclusión cabe obtener del público (lector, oyente
y espectador) de las publicaciones especializadas y de las secciones
o de la información especializada y científica en
Medios de Comunicación de carácter general. Por citar
algunos ejemplos: al Periodista Especializado en Cultura, se le
demanda información de fundaciones o actividades privadas
dirigidas a la promoción del arte o la educación;
al del Motor se le requieren datos internos de los fabricantes o
de la industria auxiliar, que son muy valorados por los lectores
profesionales: y a los dedicados a la información de Turismo,
se le piden desde descripciones de destinos o productos turísticos
hasta la evolución de las empresas de cada subsector. Datos
todos ellos que pueden resultar superficiales para un medio de información
general, pero que se revelan esenciales para los lectores que conforman
el público objetivo de los medios en que trabajan estos profesionales.
Todo ello nos lleva a una paradoja: lo que podría considerarse
cuasi "publicidad encubierta" para el periodista de un
medio de información general, puede ser información
de primera mano para un Periodista Especializado y Técnico.
Aunque un informador de una revista de sociedad o de un "newsletter"
de análisis económico empírico ofrece información
muy distinta a la que sirve a sus lectores el redactor de local
de un periódico nacional o a sus oyentes el de un programa
radiofónico deportivo; todos, sin embargo, son periodistas.
Sin que quepa otra exclusión que no provenga, precisamente,
de la metodología con que desempeñe su actividad.
Esto es, de su observancia de la deontología y ética
profesional que su actividad exige y requiere. De ahí la
importancia de esta cuestión.
Pese a lo anterior, existen criterios universales que deben ser
aplicados por igual a todos los periodistas. Estas leyes pueden
ser resumidas en tres:
Primera, el periodista debe ser veraz en su actividad profesional.
Segunda, una información debe respetar la integridad de quienes
la protagonizan o de terceras personas, obteniéndose siempre
con dignidad.
Y tercera, el periodista debe servir a los intereses de sus lectores
y a su empresa, respetando siempre los dos preceptos anteriores.
Los objetivos prioritarios que, a la hora de definir el "Código
Ético y Deontológico del Periodista Especializado
y Técnico', ha propugnado el Capítulo Español
de AIPET son los siguientes:
Velar por la libertad de información en general, y de la
Especializada y Técnica en particular:
Defender los derechos del público (lector, oyente o espectador)
de medios de información Especializada y Técnica;
Proteger a los Periodistas Especializados y Técnicos en el
desarrollo de su actividad profesional, frente a las presiones y
ataques que reciben por parte del Estado, el empresariado, la clase
política y los propietarios de los medios;
Y salvaguardar los intereses de los anunciantes y los compradores
de servicios de Comunicación, en general.
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| Código Ético y Deontológico del Periodista
Especializado y Técnico |
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Principios:
El Periodista Especializado y Técnico (en lo sucesivo PET)
debe respetar cinco principios básicos: la veracidad de la
información que produce la imparcialidad en la interpretación
de los hechos, la fidelidad al medio en que trabaja, la defensa
de la libertad de información y la voluntad de servicio al
sector o a la especialidad en que desarrolla su actividad periodística.
Responsabilidades:
El PET debe asumir siete responsabilidades esenciales: la primera
para con el público objetivo del medio en que trabaja; la
social con la opinión pública; la universal que
surge del respeto a los valores generales y los derechos humanos;
la personal que arranca de sus propias convicciones, o la que se
deriva del servicio al sector o a la especialidad a que está
dedicado; y la contractual con su empresa.
Servicio al público:
La información Especializada y Técnica supone
ofrecer al público (lector, oyente y espectador) datos, informaciones
y opiniones sobre personas, empresas y organismos así como
de sus servicios o productos, etc. Esta información, al margen
de que pudiera o no ser beneficiosa para sus protagonistas, debe
elaborarse con una clara voluntad de servicio al público
objetivo y en función de sus necesidades e intereses.
Procedimientos:
El PET debe utilizar procedimientos dignos para la obtención
de la información, respetando el off the record, actuando
ética y moralmente con procedimiento intachable en el ejercicio
de su actividad profesional, y defendiendo el derecho fundamental
a la libertad de información, amparada por la Constitución.
Citar fuente:
El PET está obligado a citar expresamente las fuentes
de las que provengan las informaciones que ofrece, así como
a respetar los derechos de autor que pudieran corresponder.
Rectificación:
Cuando publique una información falsa o incorrecta,
sea cual fuere la causa, el PET deberá efectuar la corrección
correspondiente. bien elaborando una nueva información en
este sentido o dando cabida a la rectificación que remitan
las partes interesadas.
Distinción entre información y opinión:
La información y la opinión deben ser claramente
diferenciadas, tanto en el estilo periodístico como
en la presentación (tipográfica, radiofónica
y audiovisual) evitando especialmente el PET la confusión
entre hechos y conjeturas. En caso de que las opiniones sean insertadas
en una información, estas serán incluidas entrecomilladas
o en cursiva (Prensa escrita) y citando la fuente que las emite
(radio y televisión).
Distinción entre información y publicidad:
El PET puede, eventualmente, elaborar o colaborar en la
realización de contenidos promocionales o publicitarios para
su medio informativo. No obstante, estos se publicarán diferenciados
claramente del contenido informativo.
Especialización:
El PET trabaja para informar a un determinado colectivo y/o de una
determinada temática, por lo que enmarcará su actividad
periodística en este entorno, al objeto de asegurar
a su público el acceso a la información que demanda
con la profundidad y el rigor necesarios.
Daño a terceros:
El ejercicio de la profesión de un PET debe
tener como límite el perjuicio a terceros y el respeto
a la integridad de personas y entidades, evitando especialmente
lesionar los derechos de personas (libertad sexual, intimidad, menores
de edad, raza o procedencia, color de la piel, religión,
origen social, sexo y minusvalías psíquicas y físicas)
así como de las instituciones y empresas. El PET debe distinguir
claramente entre las informaciones, reales y contrastables,
que ofrece, y las afirmaciones que supongan un daño descrito
en este punto.
Línea editorial:
El PET tiene el derecho y el deber a conocer y participar en
la línea informativa de la empresa para la que trabaja, al
objeto de asegurar tanto los intereses del público
como la viabilidad empresarial del medio informativo.
Ofrecer todas las versiones:
El PET ofrecerá siempre todas las versiones
que afecten a un hecho, salvo en el caso de que una fuente
no desee ofrecer su versión o no pueda ser consultada,
circunstancia que se detallará en la información.
Información privilegiada:
El PET no utilizará, para si o por terceros, cualquier información
o dato al que tenga acceso, más allá de su uso como
información en su medio.
Cesión a otros medios:
El PET se abstendrá de ofrecer cualquier información
o dato a otro medio informativo competidor sin la autorización,
previa y expresa, de la empresa propietaria de su medio.
Intereses sectoriales:
El PET se mantendrá independiente a los intereses empresariales,
comerciales o económicos, del sector o especialidad en el
que desarrolla su actividad profesional o de sus industrias
auxiliares o conexas. En caso contrario, estos intereses deben
ser aprobados por la empresa periodística y conocidos
por el público objetivo del medio.
Rumores o conjeturas:
Los rumores o conjeturas deben ser desterrados de la actividad profesional
del PET o, en su defecto, contrastados e identificadas sus fuentes
para que sean transformados en noticias o en opiniones.
Invitaciones y convocatorias:
Las invitaciones a viajes, convocatorias, presentaciones, actos
sociales, ruedas de prensa, etc. deben tener siempre como destinatario
al medio, representado en la persona del director, que designará
al PET que cubrirá informativamente el acto, en su caso,
atendiendo a razones de idoneidad y disponibilidad.
Retribuciones, gratificaciones y regalos:
El PET renunciará a cuantas retribuciones, gratificaciones
o regalos (cuya valoración exceda la mera cortesía
y, por tanto, sean de escaso valor intrínseco) que provengan
de otra empresa que no sea la suya, y que tengan como finalidad
pagar, fomentar, orientar o influir en la publicación de
cualquier información u opinión.
Evitar juicios previos:
El PET evitará elaborar juicios o conclusiones apresuradas
y proceder a exponerlas a través de informaciones elaboradas
por su medio, sin antes haberlas contrastado debidamente.
Comunicación e información:
El PET distinguirá claramente entre la información
elaborada en su redacción y la procedente de empresas o gabinetes
de Prensa o Comunicación, ocupándose de contrastarlas
suficientemente o publicarlas indicando expresamente su procedencia.
Presiones empresariales:
Las presiones de organismos y empresas, nacionales o multinacionales,
en ocasiones vinculadas a la obtención de contrapartidas
a cambio de la inserción de publicidad, deben ser rechazadas
por el PET, quien valorará periodísticamente de acuerdo
con la Dirección del medio, las informaciones que emanen
de estas fuentes, otorgándoles o no la importancia que, desde
el punto de vista del interés informativo, tengan para el
público objetivo del medio.
Medios suficientes:
El PET tiene derecho a contar con los medios técnicos suficientes
para la realización de su labor informativa, con la calidad
y dignidad que requiere el ejercicio profesional del Periodismo.
Respeto al idioma:
El PET está obligado a conocer y utilizar correctamente su
idioma, evitando expresiones y calificativos incorrectos, velando
por una adecuada ortografía y acentuación (en la Prensa
escrita), así como evitando el empleo de barbarismos y siglas
o vocablos no ortodoxos, sin su correspondiente aclaración.
Secreto profesional:
El PET garantizará. especialmente ante terceros, la confidencialidad
de sus fuentes informativas, cuando ello suponga un daño
para estas o la pérdida de estas fuentes para el medio, excepto
en supuestos de manifiesta falsedad o manipulación por parte
de estas fuentes.
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